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La Corte Internacional de Justicia considera "ilegal" la ocupación israelí del territorio palestino y de Jerusalén Este

20 de julio de 2024 (EIRNS) — La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió el 19 de julio una Opinión Consultiva, en la que rechaza tajantemente las políticas y prácticas de Israel en los Territorios Palestinos Ocupados (TPO) y Jerusalén Oriental. En ella se ordena a Israel "poner fin a su presencia ilegal" en los territorios, "cesar inmediatamente todas las nuevas actividades de asentamiento y evacuar a todos los colonos" de los territorios. Además, el dictamen de la CIJ establece que "todos los Estados", "las organizaciones internacionales" y la ONU "tienen la obligación" de "no reconocer como legal" la "presencia ilegal del Estado de Israel en los Territorios Palestinos Ocupados" y, por tanto, no deben "prestar ayuda o asistencia" a la actual ocupación israelí. 

Este caso surgió a raíz de una resolución de la Asamblea General de la ONU de diciembre de 2022, en la que se pedía a la CIJ que emitiera una opinión consultiva sobre las "consecuencias jurídicas" derivadas de la "continua violación por Israel del derecho del pueblo palestino a la autodeterminación" debido a la "prolongada ocupación, asentamiento y anexión" de territorios palestinos desde 1967. Posteriormente, la Liga Árabe, la Organización de Cooperación Islámica y la Unión Africana se sumaron a la petición. Al comienzo de dar a conocer el dictamen de hoy, el presidente de la CIJ, Nawaf Salam, señaló que las conclusiones de la Corte no están relacionadas con los acontecimientos posteriores al 7 de octubre de 2023, sino que muchas de las conclusiones se remontan al inicio de la ocupación en 1967. 

El dictamen de la CIJ es en este caso extraordinariamente detallado; examinó 11 áreas de preocupación con relación a "las políticas y prácticas de Israel" en los Territorios Palestinos Ocupados: 1) política de asentamientos; 2) traslado de colonos; 3) explotación de los recursos naturales; 4) extensión de la legislación israelí a Cisjordania y Jerusalén; 5) desplazamiento forzoso de la población palestina; 6) violencia contra los palestinos; 7) asentamientos israelíes en Cisjordania y Jerusalén Este; 8) anexión de los TPO; 9) legislación y medidas discriminatorias; 10) discriminación en los permisos de residencia; y 11) impacto sobre el derecho de los palestinos a la autodeterminación. 

El alto tribunal señaló a lo largo de su dictamen que la "prolongada ocupación" israelí de los TPO viola la legislación internacional de derechos humanos, que delimita ciertas obligaciones de la "potencia ocupante"; por ejemplo, el "deber de administrar el territorio en beneficio de la población local". En el caso de una ocupación legal, una potencia ocupante "no puede transferirse a sí misma el título de soberanía". Sin embargo, en el caso de las políticas de asentamientos llevadas a cabo por Israel, se han producido exactamente tales transferencias. 

En cuanto a los "recursos naturales", una potencia ocupante tiene la obligación de "salvaguardar" el capital de estos recursos y, además, de "garantizar el suministro adecuado de alimentos para la población local, incluida el agua". Pero las "pruebas" demuestran que "Israel explota los recursos naturales... en beneficio de su propia población". Estas acciones de Israel violan "sus obligaciones en virtud del derecho internacional". 

El dictamen de 83 páginas contiene muchos más ejemplos del desprecio y la violación del derecho internacional por parte de Israel. Tras constatar que la ocupación continuada de Israel es "ilegal", algunas de las conclusiones más contundentes de la votación del dictamen según el resumen son: #4) Israel tiene "la obligación de poner fin a su presencia ilegal en los Territorios Palestinos Ocupados lo antes posible"; #5) "tiene la obligación de cesar inmediatamente todas las nuevas actividades de asentamiento, y de evacuar a todos los colonos..."; y #6) tiene la obligación de reparar los daños causados a todas las personas físicas o jurídicas afectadas en los Territorios Palestinos Ocupados". 

En cuanto a las obligaciones de la comunidad internacional respecto a los TPO, estos puntos son los más cruciales: #7) todos los Estados deben "no reconocer como legal" la "presencia ilegal de" Israel en los TPO y "no prestar ayuda o asistencia para mantener la situación creada por" dicha ocupación continuada; y #9) la ONU, "especialmente la Asamblea General... y el Consejo de Seguridad, deben considerar las modalidades precisas... necesarias para poner fin... a la presencia ilegal de" Israel en los Territorios Palestinos Ocupados. 

Si el Consejo de Seguridad de la ONU y la Asamblea General de la ONU y todos los Estados actúan de manera consecuente con este dictamen, habría que poner fin de inmediato a la guerra genocida contra Gaza e impedir que se extendiera a la región.

 

Para mayor información escriba a preguntas@larouchepub.com

 

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